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ABOGADO SUCESIONES Prov Bs As Capital
Sucesiones con o sin testamento en la zona de Morón San Isidro La Matanza Zona Norte y Capital
¿Qué tipo de gastos conlleva un trámite sucesorio?
Al promoverse una sucesión deben tenerse en cuenta dos aspectos. El primero es el relativo a la tasa de justicia e impuestos, y el segundo concierne a los honorarios profesionales del abogado que intervenga.
Trámites en la provincia de Buenos Aires. La tasa de justicia e impuestos es del orden del 2.2% del valor de la porción del bien que se transmite. Se toma el valor fiscal o el real del inmueble o bien, si este ultimo surge del expediente sucesorio. A esto debe agregarse un 10% sobre este 2.2%, más los gastos de inscripción del bien o de los bienes.
Trámites en la Capital Federal. La tasa de justicia e impuestos es del orden del 1.5% del valor del bien que se transmite. Se toma el valor fiscal o el real del inmueble o bien, si este ultimo surge del expediente sucesorio.
En cuanto a los honorarios del abogado que intervenga, pueden fijarse dos modalidades: el profesional acuerda los honorarios con los herederos antes del inicio del trámite; o bien los regula el juez que ha intervenido en la causa, una vez finalizado el trabajo. Esta regulación, según la ley de aranceles de la provincia de Buenos Aires, puede variar entre el 6 y el 20% del valor del acervo sucesorio que se transmite, más un 15% de aportes sobre la regulación de los honorarios. De este 15%, un tercio está cargo de la parte, quedando el resto a cargo del letrado.
En la Capital Federal la regulación de honorarios va de un 7 a un 20%.
Estudio marcelofrancoabogado@yahoo.com.ar comuníquese al 4627 4426 4627 4426 y 4483 0772 4483 0772.

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